La justicia europea abre la puerta a que trabajadores subcontratados reclamen los salarios de la empresa principal (en ElDisrio.es por Laura Olías)
«[…], el TJUE abre la puerta a que se pueda aplicar la regulación de las ETT a otras compañías si cumplen con la definición europea de estas empresas de trabajo temporal, con el concepto clave de “puesta a disposición” de personal. Y, en este punto, también hace una lectura “muy amplia” de qué puede entenderse por “puesta a disposición”, valora en su blog Ignasi Beltrán, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC)».
«En términos generales, esta puesta a disposición de personal se podría dar “en una tipología muy amplia de empresarios (personas físicas y jurídicas)”, advierte Beltrán, también cooperativas, “siempre que tengan la intención de poner a esos trabajadores a disposición de una empresa usuaria”. No obstante, “debe tratarse de una actividad habitual”, añade el catedrático en su análisis, entre otros elementos definidores que apunta el TJUE, que sitúa la clave en “determinar si la empresa usuaria ejerce un poder de dirección y control sobre el trabajador cedido”. Comprobar si eso sucede o no corresponde a los tribunales nacionales».
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