El cambio de nombre por parte de alguien mayor de edad o menor en situación de emancipación será atendida, bastando para ello que el sujeto la presente ante el encargado del Registro Civil o mediante documento público, "declarando que se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado y que no le es posible obtener el cambio por no cumplir los requisitos de la Ley 3/2007". https://gnusocial.net/url/1522853