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Me refería a la definición que de verdad importa ahora, que es la de la Ley https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760. Fíjate que el titulo es "medidas de protección integral contra la violencia de género" y luego fíjate en el artículo 1, donde solo se protege a las mujeres. Y en concreto a las mujeres de las agresiones recibidas de los hombres.
En cuanto al resto, efectivamente no me refería de la violencia general de una persona a otra, me refería a hombre contra hombre, mujer contra mujer y mujer contra hombre, pero DENTRO de la pareja. Quizá me expliqué mal.
Mi argumento iba más bien porque la violencia de género debería tratar todos los abusos y agresiones en relación al género y en la pareja, pero en los dos sentidos y no solo en uno.