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Derechos de autor en Internet. Tras la reglamentación de los artículos aprobados en la Rendición de Cuentas:
1) Spotify no se va de Uruguay.
2) Los riesgos más serios para las plataformas educativas se atenuaron.
3) No se soluciona la remuneración a artistas en Internet.
4) Se perdió la oportunidad de un debate profundo sobre el tema.
De acuerdo al art. 2 del decreto reglamentario, las plataformas digitales no serán quienes deban pagar la remuneración justa y equitativa a artistas intérpretes y ejecutantes. Esta remuneración queda a cargo de los productores (las discográficas), tal como ya venía ocurriendo.
Las plataformas educativas y repositorios digitales, que de acuerdo al art. 330 de la Rendición de Cuentas habían quedado “en la misma bolsa” que las plataformas comerciales, tampoco deberán pagar esta remuneración. Con esto se descarta uno de los riesgos más serios que había.
Sigue sin aclararse adecuadamente en la reglamentación el alcance de las nuevas potestades brindadas a las sociedades de gestión colectiva respecto de los derechos de remuneración de artistas intérpretes, así como de compositores, directores y guionistas en Internet.
Sin embargo, los arts. 3 y 5 del decreto relativizan la obligatoriedad de la representación por parte de las gestoras colectivas. No queda claro que puedan cobrar compulsivamente en Internet pasando por alto el uso de licencias abiertas y la voluntad de artistas no asociados.
El art 6, en una disposición transitoria, le quita competencia en este tema al Consejo de Derecho de Autor del MEC, y se lo da al Min de Industria. Esto es mal antecedente, pues implica brindar prioridad a una perspectiva de industria cultural frente a una de derechos culturales.
En cualquier caso, sigue siendo impostergable la aprobación de excepciones al derecho de autor que protejan a la educación en línea, las bibliotecas y las plataformas digitales sin fines de lucro. Solo así se evitarán riesgos innecesarios al discutir la remuneración a artistas.
En síntesis, los riesgos más serios de esta norma se atenuaron, pero no se solucionó el problema de la remuneración a artistas en Internet y se perdió, una vez más, la oportunidad de un debate serio, profundo e integral sobre el ecosistema cultural en internet.
Compartimos nuevamente la postura de la Alianza de la Sociedad Civil Latinoamericana para el Acceso Justo al Conocimiento (de la que formamos parte) sobre remuneración a las personas autoras, artistas, intérpretes y ejecutantes en el entorno digital: https://accesoalconocimiento.lat/2023/10/23/documento-de-posicion-sobre-remuneracion-a-las-personas-autoras-artistas-interpretes-y-ejecutantes-en-el-entorno-digital/
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