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Yo no lo entiendo. Aún siendo una obra "privativa" se puede citar, lo cual si se hace a mala fe puede servir para desvirtuar y manipular. Con este argumento se crea la falsa sensación de que una licencia restrictiva protege a quien crea, cuando no es así, tiene la misma protección. La diferencia es que quien quiera consumir esa creación está mucho más limitada. @birrasybits
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- Cambiame a https://gnusocial.villanos.net/colegota repeated this.
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@birrasybits Veo que licenciáis los programas con la CC BY-NC-ND 3.0. Entonces no son libres...cuáles son las conclusiones a las que llegasteis tras el debate por el cual os decantasteis por esa licencia?
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@d1d4c nos decidimos por esa licencia básicamente porque el debate que es la sección más larga del podcast, generalmente son todo opiniones personales. Y no queremos que se hagan obras derivadas de nuestras opiniones (ya sabes, por el tema de desvirtuar, manipular etc). Aún así, el podcast usa formatos libres y en principio si alguien quiere coger un trozo de alguna otra sección nos lo puede pedir y no tendremos problemas (siempre y cuando no se modifique alguna de nuestras opiniones). De echo, por ejemplo, la Radio del Binario emite nuestros podcast y nos lo pidió educadamente y no tenemos ningún problema. Digamos que es una CC BY-NC-ND pero que nos la podemos saltar si hay un contacto con nosotros :P Supongo que me he explicado bien, no? xD
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@drymer
No sólo a quien consuma esa creación, también a ellas mismas, las autoras, ya que, si no me equivoco, la música y otras grabaciones que usen en el podcast han de ser libres pero no copyleft, permitiendo aplicar restricciones a sus derivadas.
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@drymer @d1d4c Si citas la obra con mala fe, el audio hablará por si solo y contradecirà todo lo citado. Puedes hacer un texto desprestigiando BYB y diciendo que uno de sus miembros le encanta el software privativo porque se le oye decir en tal minuto del audio. Y citar el audio en un enlace para que la gente simplemente lea y juzgue. Pero el audio puede decir que le gusta el software libe pero en un tono de humor, o lo que sea. Quien quiera consumir esa creación tiene la misma libertad que con cualquier audio. Puede escucharlo donde quiera, descargárselo desde donde mejor le vaya, etc. Lo único que no podrá hacer es editarlo (ojo, con las fuentes) ni vender un trozo del audio final. Que sea ND, nos "protege" de algún modo, de cortes de 15segundos donde se pueden interpretar de mil formas, pero no tenemos ningún problema de que recortes una sección entera y la compartas o la utilices.
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@drymer @d1d4c Ah, y también quiero añadir esto: https://www.gnu.org/licenses/license-list.html#OpinionLicenses Para que quede del todo claro. El NC lo podemos discutir todo lo que queráis, pero el ND es innegociable.
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> Que sea ND, nos "protege" de algún modo, de cortes de 15segundos donde se pueden interpretar de mil formas, pero no tenemos ningún problema de que recortes una sección entera y la compartas o la utilices.
Esto es precisamente lo que digo que no es cierto. No protege de nada, en el contexto de una cita se puede hacer un corte de 15 segundos. Se use la licencia que se use.
> El NC lo podemos discutir todo lo que queráis, pero el ND es innegociable.
Para mi seria al contrario.
Y que conste que todo esto viene desde el cariño, vuestro programa mola. @d1d4c
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@drymer @d1d4c Q entiendes por "obra derivada"? Porque para mi (para @zagur y creo que para el resto de gente del programa lo mismo) entendemos "obra derivada" como el uso de un trozo de nuestro audio para realizar otra obra (ya sea vídeo, audio o texto). De este modo, un corte de 15seg es una obra derivada y lo que precisamente no queremos es eso, que se recorte un trozo, pero en cambio no nos importa si la sección se comparte entera (ya que de algún modo no se está haciendo una obra derivada a partir de una opinión, si no q la expones entera). ¿Pq usa Stallman en sus libros y conferencias la licencia CC BY-ND? Pues precisamente por eso, xq son argumentos suyos y opiniones personales y de una opinión personal, desde mi punto de vista, creo q no se deben de hacer obras derivadas.
Drymer, estamos aquí para debatir todo lo q sea y explicarnos tanto como sea necesario, ya se q todo esto es desde el cariño. Siempre estamos abiertos a debate, y si queréis os retamos a un debate jaja :P
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@drymer @birrasybits @d1d4c aparte de lo que dice @drymer con una by-sa por ejemplo tienes que citar/enlazar la obra original, por lo que cualquiera puede comprobar el contexto o la realidad.
Pero he de reconocer que de todas las excusas que se ponen contra la cultura libre es de las más retorcidas y tristes, Stallman incluido.
Y ese criterio en general de no vamos a dejar que lo usen los buenos por si acaso lo usan los malos es la mejor expresión de tirar piedras contra tu tejado.
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> De este modo, un corte de 15seg es una obra derivada...
Ahí está el tema. No lo es. Esto se puede hacer dentro del marco del derecho (y recalco la palabra derecho) a cita.
> ¿Pq usa Stallman en sus libros y conferencias la licencia CC BY-ND?
Nunca lo entenderé, por que el argumento que ambos usáis es el de que el copyright protege a quien crea contenido, y nada más lejos de la verdad.
> ... queréis os retamos a un debate ...
Eso a @colegota, que entiende más de licencias x)
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@drymer @colegota @birrasybits el copyright se creo para proteger al creador pero actualmente protege los derechos de explotación
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@drymer @birrasybits
de https://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/es/legalcode.es
Se considerarán obras derivadas aquellas obras creadas a partir de la licenciada, como por ejemplo: las traducciones y adaptaciones; las revisiones, actualizaciones y anotaciones; los compendios, resúmenes y extractos; los arreglos musicales y, en general, cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica. Para evitar la duda, si la obra consiste en una composición musical o grabación de sonidos, la sincronización temporal de la obra con una imagen en movimiento (synching) será considerada como una obra derivada a efectos de esta licencia.
Si no se me escapa nada, los cortes son obras derivadas.
Pero creo que da lo mismo que sean o no, el presunto uso malicioso no creo que sea tema de licencia sino de otro tipo de leyes, como el derecho a la imagen (que no se refiere sólo a las fotografías).
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@drymer @birrasybits sobre porqué Stallman usa y exige licencias no libres para los vídeos y audios en los que participa, para mi es simplemente la demostración de que no hay ningún ser humano perfecto. :)
Aprecio mucho a Stallman, pero la propia FSF cataloga la ND como no libre.
Una de las primeras grandes lecciones que me dieron en esto de las licencias es que si Linux (con o sin GNU delante) no hubiera tenido una licencia libre (en concreto sin la cláusula de NC), no lo tendríamos.
La GPL es el equivalente a una BY-SA (salvando las distancias) Y yo ni me imagino usando otra ni comprendo porqué personas que usan !softwarelibre luego no hacen con los demás lo que tanto les gusta que hagan con ellos.
Las respeto, eso sí, pero como luego no voy a poder usarlas en mis trabajos o blogs no les suelo prestar mucha atención.
Creo que deberíamos empezar a ser los dueños de nuestras propias obras, las de todas.
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@colegota @drymer Yo (@zagur) considero que no es lo mismo una canción/texto/imagen/vídeo que una opinión personal. Las opiniones personales no se deben de poder derivar. El podcast al final es un audio, pero es un audio que contiene muchas opiniones personales de muchas personas y es necesario que no se puedan desvirtuar ninguna opinión.
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@birrasybits como te ha dicho @drymer desde el principio, desvirtuar una opinión no se protege con la licencia.
Con una licencia privativa impides todo, pero no proteges nada. Y además el que quiera saltarse la ley para desvirtuar opiniones se saltará tu licencia también.
Es como lo de el que renuncia a su libertad por su seguridad, que se queda sin libertad y sin seguridad.
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No creo que esté incluida la cita, ya que como digo es algo que en el copyright se contempla. @birrasybits
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Una vez más, no veo por que creeis que una licencia privativa os protege frente a eso. Acaso no vemos a menudo en televisión como se manipulan opiniones bajo licencia de copyright? @colegota
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@colegota @birrasybits @drymer
Resumiendo, y corregidme si me equivoco o cometo alguna inexactitud:
A las amigas de BYB les preocupa la posibilidad de que se modifiquen partes del audio de sus programas con la intención de manipular o sacar de contexto sus opiniones.
drymer comenta que en cualquier caso, sea cual sea la licencia, siempre se puede citar (extraer un corte de 15 segundos), con lo cual siempre podría usarse ese derecho con la intención de sacar de contexto y manipular.
zagur dice que sí, pero que al escuchar el audio origen, íntegro, quedaría desmentido.
drymer y colegota señalan que lo mismo pasa en el caso de que se permitiese modificar, ya que las obras derivadas deben enlazar a la fuente, y que desvirtuar una opinión no se protege con las licencias, ya que quien quiera saltarse la ley (derechos de imagen) para desvirtuar opiniones, se saltará la licencia también.
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@colegota Siempre he criticado eso de Stallman, el dice que porque son artículos de opinión, pero la verdad es un hipócrita @drymer @dcapillae
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@drymer yo diría que el derecho de cita no incluye lo que estamos hablando
https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_cita
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Yo creo que si. En la cita de la ley de propiedad intelectual[1] dice:
Es lícita la inclusión [...] siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico.
1: https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_cita#Espa.C3.B1a
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@drymer ¿has visto lo de que tiene que ser para obras docentes o de investigación?
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Veo que lo menciona el articulo, pero la cita de la LPI no lo hace, tal como lo entiendo.
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@drymer sí, también lo dice en la cita de la lpi: " Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación..."
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@drymer de todas formas, ya he comentado que tampoco lo tengo muy claro. No soy abogado y lo que sé es que las leyes hay que leerlas enteras y que pueden estar complementadas por otras. En cualquier caso, creo que nos deberíamos fijar en lo que dice la licencia si la usamos.
Aparte, en lo importante para este debate, me ha recordado una demanda que hubo contra Manu Chao por usar fragmentos de las voces de la megafonía del metro de Madrid. Eran fragmentos muy cortos y no se contemplaba el derecho a cita. Y en una entrevista con un abogado decía que los tuits no podían tener derechos intelectuales por ser demasiado cortos. Y mencionaba algo del derecho a cita pero ahora no recuerdo qué. :)