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Juez .Elpidio José SilvaCuenta verificada @elpidiojsilva 13 hHace 13 horas 561CP. Quien afirme falsamente peligro para la comunidad, y con ello movilice a servicios de policía, será castigado con la pena de prisión
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@coloco A ver quien tiene los cojones de hacer esta denuncia. No lo he visto, se que estaba en una entrevista coloquio en TV3 pero no he seguido la noticia. Pasare el tema a los de la #CUP esta tarde a ver que me dice el abogado.
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Artículo 561 Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses.
@coloco
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@coloco
Artículo 562
En el caso de hallarse constituido en autoridad el que cometa cualquiera de los delitos expresados en los capítulos anteriores de este Título, la pena de inhabilitación que estuviese prevista en cada caso se sustituirá por la inhabilitación absoluta por tiempo de diez a quince años, salvo que dicha circunstancia esté específicamente contemplada en el tipo penal de que se trate.