Obsérvese que en el artículo 2 de la Ley de Amnistía de 1977 se incluyeron los delitos de rebelión, sedición, y también los cometidos en ejercicio de la libertad de expresión. En una hipotética amnistía de los hechos contemporáneos debería incluirse la malversación que sigue instruyéndose en el Tribunal Supremo, cuyos movimientos subterráneos son tan impredecibles y catastróficos como los de las fallas continentales. Será por eso que sus resoluciones se llaman fallos, que no fallas.
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Almeida (bufetalmeida@mastodon.social)'s status on Tuesday, 05-Sep-2023 09:51:42 UTC Almeida Antes de someter a la consideración de las Cortes una posible Ley de Amnistía, es interesante recordar la última Ley de Amnistía aprobada en España en 1977, y las consecuencias que tuvo: impunidad para los funcionarios del franquismo, y continuación de la violencia durante más de tres décadas.
No digo que no se haya de aprobar, sino que no deben repetirse errores del pasado, en circunstancias muy distintas.
Legislación:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-24937
Historia:
https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_de_Amnist%C3%ADa_en_Espa%C3%B1a_de_1977Toni :mastodon: repeated this.
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